lunes, 13 de marzo de 2017

Y la contratación electrónica era esto... (II)

Una vez hecha la presentación de la herramienta para la tramitación, que no gestión, electrónica de los expedientes de contratación, nos tocó la fase de formación.
Cuando hablo de tramitación, no me refiero a una interacción entre todos los implicados en la tramitación de un expediente de contratación: unidad promotora, asesoría jurídica, intervención, unidad tramitadora y órgano de contratación. No, me refiero a informar en el aplicativo en cuestión de los datos que corresponden a cada momento de la contratación, adicionando, en su caso, los documentos, preferible que no obligatoriamente, firmados electrónicamente.
Como gestión entiendo la interacción de los implicados: que una vez informado un estado e incorporada la documentación obligada, se active un aviso que obliga al siguiente agente implicado a actuar en la aplicación gestora, mediante su identidad digital y, por lo tanto, obligando e iniciando los plazos legales para cada actuación pertinente.
La formación confirma mis sospechas previas. No deja de ser un sistema de información sobre el estado en el que se encuentra el expediente al que se pueden añadir todo tipo de documentos, algunos obligatorios, que impiden no avanzar el estado si no se incluyen.
Cuando acabas la formación y, vistos los comentarios de los formadores, ves que el fin de la aplicación no es otro que alimentar de información al Registro Público de Licitadores y ayuda a publicar en el perfil de contratante. Se supone que han de implementar mejoras, como el hecho de un porta firmas digital, en el que depositar documentos que debe firmar el órgano de contratación, no sé si esto llegará a otros sujetos implicados.
La formación es harina de otro costal, lo que no quiere decir que mejore lo anterior. Nada que objetar a los formadores, desde su inmenso desconocimiento legal, pusieron su voluntad y paciencia para enseñarnos el funcionamiento de la aplicación. 
La objeción es para quien diseño la formación y los dejó huérfanos ante las dudas que surgen al intentar identificar qué tienes que poner en cada momento de cada procedimiento. NADIE de la Junta Consultiva, la encargada de este asunto, se pasó para ayudar a los formadores como soporte sobre dudas relacionadas con la tramitación y su ajuste a la ley. Este abandono generó más de un diálogo de besugos, a causa de la ignorancia de ambas partes, una sobre el vericuetos de las áreas dominadas por cada parte.
El efecto, a todas luces contraproducente, de esta situación fue que las dudas expuestas fuese a menos, con lo que supone para el conjunto de los asistentes.
Me dio la sensación que el soporte que recibieron los técnicos que adaptan la solución de mercado a las necesidades de mi administración, fue de alguien que conoce la ley, pero que parece ser bastante iletrado en cuestiones de gestión y del día a día.
Encuentro que hay muchas incongruencias y ambigüedades en la definición de los campos y los términos, que tienen como consecuencia la duda y la confusión, que mientras estemos en periodo de pruebas son irrelevantes, pero una vez lo tengas en danza, tendrán su importancia.
Una vez hecha la formación, mi valoración sobre la aplicación escasamente ha cambiado de la entrada anterior, es una carga de trabajo sin valor añadido para el gestor de contratación y poco para la unidad tramitadora.
La tercera parte del serial será cuando estemos operativos. Cuestión de unas semanas.
Seguiremos informando.

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