lunes, 2 de diciembre de 2024

Matemáticas incomunicantes.

Bueno, no sé si el «palabro» incomunicante está aceptado o no por los diccionarios de las Academias de las Lenguas, reales o no, pero la intención de título es hablar de cuando dos tipos de matemática, el lenguaje objetivo por naturaleza, no se comunican, son discordantes (quizás este adjetivo fuera más apropiado para el título).

Vamos a mezclar dimensiones, presupuestos, contratación y personal (los funcionarios somos personas no recursos, como un mero ordenador personal, una impresora o una aplicación informática).

Empezemos por lo primero, por la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público y la determinación del presupuesto base de licitación. El espíritu de la ley no es otro que este refleje la realidad del mercado y que la infrafinanciación del contrato no tenga un efecto de presión a la baja sobre los salarios del personal que ejecute el contrato.

¿Qué se necesita, de partida, para satisfacer el espíritu de la ley reflejado en el artículo 100? Información y personal que sepa encontrarla y tratarla.

En principio, esto no debería ser un problema. Los sistemas de provisión de personal pueden conseguir que personas con los perfiles demandados puedan acceder a la función pública en los nivels y cuerpos que existen a tal efecto.

Al añadir una nueva variable a la combinación inicial, la cosa comienza a complicarse. Esta variable es la dimensión. ¿Dimensión? puede preguntarse más de uno o qué tipo de dimensión Pues la dimensión de la organización y, esta dimensión, la determina el presupuesto que tiene disponible para ejecutar.

Pues aquí es donde las matemáticas son incomunicantes. Si un órgano de contratación tiene una dimensión pequeña (menos de 200 empleados y presupuestos que no superen los 20 millones de euros), no encontramos con que el espíritu de la ley implosiona, revienta y se convierte en mera utopía. ¿Puede una organización pequeña tener a dos personas que se dediquen exclusivamente a la búsqueda de información relativa a costes y a realizar los cálculos necesarios para dar con el presupuesto exacto necesario para la correcta ejecución de un contrato y que no suponga una losa sobre los salarios de los trabajadores? Desde mi punto de vista, no. El motivo no es otro que toda la contractación, la gestión diaria de los expedientes y las obligaciones que le son inmanentes al servicio en cuestión, lo forman dos o tres personas. Ente las que, en muchas ocasiones, forman parte cargos que tienen atribuídas las competencias presupuestarias.

Para muestra, un botón. Allí donde trabajo, la contractación es parte de un servició compartido con la gestión económica y el régimen interior. Servicio integrado en una subdirección que incluye temas de organización y personal. Lo que sería una clásica dirección de servicios.

Pues, a día de hoy, en contractación somos un administrativo y un técnico, bajo el resguardo del jefe del servicio. A las claras, la dotación de personal es totalmente insuficiente y con una formación limitada para responder al objeto del escrito. Podría argumentarse que parte de ese trabajo ha de ser implementado por las unidades promotoras, pero aquí volvemos a temas de peronsal y cómo las unidades se toman la contratación dentro de sus atribuciones. Para más inri, el personal adscrito para el inicio de los expedientes, suelen ser administrativos, que compatibilizan sus obligaciones habituales con la contratación pública, cuestión más bien esporádica.

La solución, la desconozco, pero intuyo que la generación de la información necesaria de forma centralizada, por alguno de esos órganos u organimos que aparecen en los artículos finales de la Ley.

Hasta que llegue el momento en que se pueda acceder de forma ágil y fácil a esa información, seguiremos con el salvavidas intentando no naufragar en los laberintos en los que se halla esa información.